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El Servicio de Impuestos Internos homologó la actividad de “influencers” a la de servicios profesionales, por lo que estableció que deben emitir boletas de honorarios por los ingresos obtenidos a través de sus actividades en redes sociales.
Para facilitar este proceso, dispuso de un rut genérico para facilitar que estos contribuyentes puedan emitir estos documentos tributarios.
Como parte de su Modelo de Gestión de Cumplimiento Tributario, el SII monitorea permanentemente los nuevos modelos de negocios.
Y el influencer o creador de contenido digital deberá declarar y pagar sus retenciones mensualmente, mediante el F29, correspondiente al 14,5% de los ingresos obtenidos, hasta el día 20 del mes siguiente al de la emisión de la Boleta de Honorarios electrónica.
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El 25 de octubre entró en vigencia la normativa que exige el cobro del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en todas las compras internacionales 🌍
¿Cuáles son las plataformas que están registradas?
¿Qué pasa con las plataformas no registradas?
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Columna, Columna de Opinión, Publicaciones
Nuestro socio Rodrigo Benitez comentó que el acceso del SII a la información bancaria debe tener fundamentos legales que lo justifiquen como elusión o evasión.
Además, la información obtenida debe quedar restringida sólo para aquellos funcionarios involucrados en la fiscalización, como ya fue manejado en la primera repatriación de capitales del exterior durante el año 2015.
“Lo que puede faltar es mayor rigurosidad para sancionar a aquellos funcionarios que ingresan a información sensible, sin ser parte de una fiscalización”.
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Columna de Opinión, Publicaciones
Según se ha establecido, el director del Servicio de Impuestos Internos (SII), Javier Etcheberry, no pagó por nueve años las contribuciones que le correspondían por una propiedad en la comuna de Paine.
La investigación periodística reveló que en el terreno aparece una sola casa de 213 metros cuadrados, aunque en realidad se emplaza una segunda construcción no regularizada.
Nuestro socio Rodrigo Benitez conversó con el Diario El Mercurio y comentó que este caso ‘debe ser juzgado con la misma vara con la cual se juzga a todos los contribuyentes’. No se entienden las explicaciones, considerando que el propio SII últimamente ha instaurado que nadie puede alegar error o desconocimiento de la ley y menos el propio director del SII, quien debe cumplir y hacer cumplir la ley de la misma forma.
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