¿Cuál es el impacto de la doble tributación de dividendos?
La doble imposición se produce cuando se soporta un impuesto al comprar una sociedad que incluye en su valor utilidades retenidas, y luego al distribuir estas utilidades o dividendos se soporta uno adicional.
Nuestro socio Rodrigo Benitez detalla que “esto genera una gran distorsión porque incentivará distribuir las utilidades antes de vender las sociedades, lo que generará una descapitalización y menor inversión”.
“Se debe analizar bien esta normativa en su contexto internacional, considerando que los 37 convenios de doble tributación suscritos por Chile suponen un sistema totalmente integrado”.
Nuestro socio Mauricio Benitez cuenta cómo empezó a acercarse a SW International a comienzos del 2022 y cuáles son los impactos que quiere lograr SWChile en la región.
En SW no solo podrás encontrar un gran partner y asesor, encontrarás a un consultor y a un amigo.
En noviembre entrarán en vigencia varias disposiciones legales de la reforma antievasión y uno de los cambios que deberán enfrentar los contribuyentes es el nuevo procedimiento para el alzamiento del secreto bancario, sobre esto habló Rodrigo Benitez para Economía y Negocios El Mercurio.
Y enfatizó que en el proceso de levantamiento, a modo de resguardo, “siempre será el juez tributario quien en definitiva autoriza la entrega de la información bancaria, para lo cual deberá revisar los fundamentos del requerimiento y la protección de los derechos de los contribuyentes”.
¿Serán procedimientos equilibrados? ¿Habrá más judicialización? Cuéntanos en los comentarios en nuestrapublicación en LinkedIn qué opinas, conversemos.
La Defensoría del Contribuyente (Dedecon) activó un procedimiento de revisión en contra del Servicio de Impuestos Internos (SII) por eventuales vulneraciones a contribuyentes en su acción fiscalizadora.
El SII aclaró que todas las acciones y medidas de fiscalización y control que ejecuta “se encuentran debidamente amparadas en el marco normativo vigente”.
Nuestro socio Rodrigo Benitez alertó sobre la acción “coercitiva” de “bloqueo” por parte del SII. “Esta medida también se ha decretado muchas veces con falta de notificación o fundamento legal suficiente. Esta situación es prácticamente una clausura del negocio, puesto que no puede operar, emitir facturas ni boletas ni recibir ningún ingreso por estos conceptos, lo que puede llevar a una situación financiera crítica a las empresas”.
Se acotó el tiempo para el alzamiento del secreto bancario en un procedimiento brevísimo que inicie el SII, con revisión de un juez y sin la autorización del contribuyente.
Nuestro socio Rodrigo Benitez analiza el tema para El Mercurio del 13 de agosto y hace notar que “en el levantamiento del secreto deben respetarse los derechos de los contribuyentes, resguardarse la confidencialidad y que la Defensoría del Contribuyente opere como garante y veedor”.
También plantea que para otros casos como crimen organizado “las fiscalías debieran trabajar en equipo con el SII”.