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BLTA – SW Chile con sus socios Rodrigo Benitez y Ángelo González Salazar analizan esta nueva Operación Renta 2023 y los desafíos para cumplir correctamente con los impuestos en El Mercurio.

Una situación obligatoria en la que se encuentran los contribuyentes es declarar impuestos anualmente durante este mes. Pero también en algunos años como este, se suman nuevas obligaciones. Por: Diego Aguirre



Con la llegada de abril se dio inicio oficial al proceso en que los contribuyentes deben declarar los ingresos obtenidos durante el año anterior y pagar los impuestos correspondientes a dichas rentas, instancia llamada Operación Renta. Si bien este trámite se realiza todos los años, existen algunos beneficios tributarios para las personas que se mantienen y que permiten recibir una devolución o rebaja del total de impuestos a pagar, pero también otras novedades que se suman en esta edición, las cuales van desde nuevas retenciones, sumas en el pago de préstamos solidarios, hasta nuevos gravámenes, por ejemplo, por ventas de acciones.

Rodrigo Benitez, managing partner de BLTA – SW Chile, explica que una de las que debuta este año es la aplicación del procedimiento de retención a las devoluciones de impuestos a los deudores de pensiones alimenticias, la que podrá ser parcial o total dependientdo de la deuda existente. “Para este cometido se utilizará el Registro Nacional de Deudores de Pensión de Alimentos. Esto es fundamental pues los deudores verán retenidas sus devoluciones por parte de Tesorería”, dice.

Otra de las novedades tiene que ver con la puesta en marcha de la Ley N° 21.420, normativa que grava la venta de acciones con presencia bursátil con una tasa única a la renta del 10% por el mayor valor o ganancia. “Acá, para el cálculo se debe determinar el costo de estas acciones y es informado por los corredores de bolsa, agentes de valores y otras entidades intermediadoras mediante la Declaración Jurada 1891 u otra según corresponda. Esto afecta a las ventas de este tipo de acciones que se hayan efectuado entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre del 2022 y que también pudieron haber estado sujetas a retención”, detalla Ángelo González Salazar, acting partner de BLTA-SW Chile.

Por otra parte, a partir de la Operación Renta 2023, el Servicio de Impuestos Internos (SII) cuenta con nuevas herramientas de fiscalización –con información proveniente de bancos e instituciones financieras– para validar las declaraciones de impuestos, donde estas instituciones deberán obligatoriamente informar los saldos por un monto superior a las UF 1.500 (unos $52 millones).

Deben declarar ganancias influencers y por juegos de azar

Con el surgimiento de las nuevas tecnologías, el SII puso su foco en los influencers y creadores de contenido, quienes deberán declarar las ganancias percibidas por sus funciones mediante el rellenado de su declaración de renta dependiendo de las actividades que desarrollan.

Natalia Nuñez Henriquez, directora de Tax en PwC Chile, comenta que hay una serie de intercambios comerciales que son difíciles de detectar, como es el tema de los “canjes”, que, conceptualmente son ingresos tributables, pero a veces no constan en una boleta o en una factura. Lo mismo ocurre con ciertas plataformas que permiten recibir dinero en el extranjero, pero que no están obligados a informar en Chile estos pagos ni la causa de ellos (que puede ser el pago de un servicio, una donación, un premio de juego de azar, etc.).

“Conceptualmente, el receptor de estos fondos debería emitir el documento tributario que le corresponda y declarar tales ingresos (e IVA si correspondiere). Sin embargo, en los hechos, son situaciones de difícil fiscalización. De esta forma, el SII ha anunciado diversos planes preventivos y correctivos para este segmento de contribuyentes”, señala Núñez.

Respecto a los juegos de azar, en una reciente resolución el SII declaró que estos constituyen una actividad económica ilícita, que solo excepcionalmente, en virtud de una ley creada al efecto, es autorizada para ser desarrollada y explotada comercialmente, por ejemplo, por casinos autorizados.

“Se resolvió excluir del régimen de tributación simplificada a los contribuyentes sin domicilio ni residencia en Chile cuando el SII detecte que los servicios que presten (incluyan o intermedian) sean ilícitos, dejándolos en imposibilidad de cumplir con sus obligaciones tributarias. No obstante, el beneficiario chileno que reciba premios tendría que declararlos voluntariamente”, agrega la ejecutiva.

Préstamos solidarios pueden llegar al 40%

De los pagos o impuestos adicionales que se suman este año, el reintegro del préstamo solidario 2020 –para quienes lo solicitaron–, sumado al mismo de 2021, es el único que no se puede deducir, debiendo ser cancelado a través del sitio web del SII al momento de realizar la declaración de renta, y que para este año la suma de ambos se alza al 40% del monto final.

César Gacitúa, socio de Tax & Legal en Deloitte, comenta que aquellos que aún tengan deuda por el préstamo tasa cero, otorgado en 2020 a raíz de la pandemia, se deberán completar una parte del reverso del Formulario 22, específicamente el recuadro 24, con el fin de determinar si la cuota anual equivalente al 30% del préstamo obtenido reajustado es mayor o menor aque los reintegros enterados mensualmente mediante el sueldo o en la boletas de honorarios (trabajadores independientes), donde los montos no podrán ser superiores al 5% de los ingresos declarados.

En el caso de que las retenciones realizadas durante 2022, ya sea por el empleador o el 3% adicional de las boletas de honorarios, superaen el monto de la o las cuotas por pagar, el excedente se devolverá íntegramente o s e puede optar por abonarlo al saldo pendiente.

Rebaja en créditos hipotecarios y gastos en educación

En parallelo a los reintegros y pagos por operaciones que se añaden en este período, existen algunos beneficios para los contribuyentes que se mantienen y que permiten recibir una devolución o rebaja del total de impuestos.

Mauricio Pérez Wilson, socio adjunto de Impuestos de EY Concepción, comenta que un beneficio que no ha sido muy utilizado por los trabajadores es la opción de reliquidar su renta en forma anual, y que es mayormente interesante para aquellas personas que han recibido sueldo solo en algunos meses del año o que han sufrido variaciones en su renta mensual.

“Por ejemplo, una persona que comenzó a trabajar en septiembre de 2022 con un sueldo gravable de $2 millones, y por el cual paga $60 mil de impuesto mensual, cuando aplica la tabla anual de impuesto se dará cuenta de que su renta anualizada ($8 millones) se encontrará en el tramo exento, por lo que podrá solicitar la devolución de todo el impuesto pagado durante el año ($60 mil x 4)”, explica Wilson.

El crédito por gastos en educación es otro beneficio. Acá se establece que por cada hijo menor de 25 años al finalizar 2022, que se encuentre matriculado en una institución de educación media o menor y que cuente con un mínimo de asistencia del 85%, podrá acceder a una rebaja de impuestos en la declaración de renta que asciende a la suma de 4,4 UF por hijo, siendo solo aplicable cuando los ingresos conjuntos de ambos padres no superen las 792 UF y pudiendo ser repartidos en ambas partes.

Dentro del segmento inmobiliario, uno de los beneficios más utilizados es la rebaja de intereses por dividendos, descuento que se traduce en un menor porcentaje de intereses. El monto máximo de rebaja son 8 UTA, dependiendo del tramo en que se encuentra el beneficiario: Entre 0 ay 90 UTA de renta bruta, la rebaja será de un 100%; entre 90 ay 150 UTA será un proporcional que disminuye a medida que la renta es mayor, y quienes superen el rango de 150 UTA de renta no tendrán derecho a rebaja.

En cuanto a la venta de inmuebles, las personas que hayan realizado transacciones de bienes raíces situados en Chile, pueden descontar en forma permanente –hasta un monto de 8.000 UF– la rentabilidad obtenida por este tipo de operaciones. Una vez ya agotado este monto de rentabilidad, los siguientes beneficios se gravarán con impuesto global complementario en forma normal, o bien pagar un impuesto único y sustitutivo de tasa 10%.

Por su parte, las inmuebles que poseen menos de 140 m2 útiles califican como DFL 2, tipo de vivienda económica de personas naturales que cuentan con un beneficio que permite deducir de la base imponible anual los dividendos o aporte enterados a las instituciones, empresas o personas que hayan intervenido en el financiamiento de tales inmuebles. De esta forma, las rentas de arriendo de viviendas DFL 2 no suman al Global Complementario, estando libres de impuestos y pudiendo cubrir hasta 2 viviendas.

No obstante, esta garantía rige solo para inmuebles de uso habitacional y puede ser rebvocadoa en caso de que se ampliíe el metraje cuadrado habitable de la propiedad superando los 140 m2, por ejemplo, en caso de que se realicen cierres en balcones, ampliaciones, segundos pisos, etc.


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