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Nuevo Impuestos: SII define nómina de vehículos lujosos que pagarán sobretasa desde abril

Nuevo Impuestos: SII define nómina de vehículos lujosos que pagarán sobretasa desde abril

El 26 de diciembre, el servicio publicó diversas instrucciones para aplicar la sobretasa de 2% para una serie de medios de transporte de lujo, como yates, aeronaves y autos de alta gama. La medida es parte de los cambios impositivos para financiar la PGU.

Tener presente el nuevo impuesto al lujo que se devengó el 1 de enero del presente año y que el SII cobrará los primeros 5 días de Abril. Revisar los cobros, si proceden o no, de lo contrario ejercer las acciones legales correspondientes ante el SII y los Tribunales Tributarios y Aduaneros. Nuestro socio Rodrigo Benitez en DF TAX de hoy.

Plan de fiscalización del SII para este año tiene como foco relevante el combate contra la elusión

Plan de fiscalización del SII para este año tiene como foco relevante el combate contra la elusión

“Lo que buscamos es que a través de un trabajo colaborativo con los propios contribuyentes logremos adelantarnos al incumplimiento”, anticipó el Servicio. Expertos enjuician al organismo.

Al cerrar 2022, el Servicio de Impuestos Internos (SII) presentó la actualización de su Catálogo de Esquemas Tributarios, en que se incorporaron 10 nuevos casos que surgen a partir de procesos de fiscalización. En total, se completó un portafolio de 75 figuras potencialmente elusivas. Además, en el marco de la aplicación de la norma antielusiva, se detalló que el SII presentó durante 2022 seis requerimientos ante los Tribunales Tributarios y Aduaneros (TTA). Y de cara a lo que se viene con el nuevo año, anticipó que su Plan de Gestión de Cumplimiento Tributario 2023, que próximamente anunciará el Servicio, incorporará como temática relevante el control de la elusión.

En ese marco, detalló el Servicio que se pondrá especial énfasis en el fortalecimiento de las capacidades institucionales para abordar los riesgos de elusión, el apoyo de las acciones de control focalizadas en combatirlos, y en especial, el fortalecimiento de la interacción con los contribuyentes, para entregar certeza respecto del enfoque del SII y de esa forma evitar que se desarrollen comportamientos elusivos que vulneren la normativa tributaria. ‘Lo que buscamos, en síntesis, es que a través de un trabajo colaborativo con los propios contribuyentes logremos adelantarnos al incumplimiento y, de esta forma, contribuyamos a asegurar los recursos que el país requiere para financiar diversas políticas públicas que van en beneficio directo de sus habitantes’, adelantó el SII. Rodrigo Benítez, socio de BLTA-SW Chile, en referencia al foco de fiscalización a la elusión, señala que ‘el SII se ha preparado fuertemente para usar sus facultades de fiscalización de los actos elusivos y abusivos, en especial en materia de transacciones de contribuyentes de altos patrimonios, que intentan traspasar sus activos, así como las operaciones de multinacionales, siguiendo las recomendaciones de la OCDE’.

Afirma que ‘ello es positivo mientras se castigan aquellas conductas que lo único que intentan es el no pago de impuestos. Por lo demás, la reforma que está en el Congreso hace más eficiente la labor SII en esta materia’. Benítez, eso sí, advierte que ‘el riesgo es que se persiguen transacciones que tienen un legítimo contenido económico, no se respeten los derechos de los contribuyentes y se afecte la actividad empresarial. Para evitarlo, es recomendable mantener las capacitaciones de los funcionarios del SII, y aumentar su dotación, continuar con las mejoras tecnológicas y seguir fortaleciendo a los Tribunales Tributarios’. Claudio Bustos, abogado tributario y socio de Bustos Tax & Legal, cree que ‘el catálogo de esquemas elusivos por parte del SII efectivamente ha contribuido a disminuir los intentos de elusión o de planificaciones elusivas ilícitas por parte de los contribuyentes’.

Sin embargo, advierte que ‘no es el mecanismo más transparente o adecuado para cumplir este objetivo, porque se basa fundamentalmente en el temor que infunda al contribuyente’. Bustos añade que ‘hay una gran cantidad de operaciones en el catálogo que pueden ser perfectamente lícitas y legítimas, dependiendo del contexto en el que se realicen, y eso es algo que el SII ha advertido. Sin embargo, a los contribuyentes no siempre les queda ese último aviso y simplemente atienden a que estas operaciones en sí mismas son elusivas, o que no se pueden llevar a cabo’. Sobre las denuncias por Norma General Antielusión (NGA), precisa que ‘en general es por esencia una norma de aplicación restrictiva, por eso es que hay solamente 6 casos, y creo que está bien que así sea. Es una norma que es el último recurso de parte de la autoridad para perseguir situaciones elusivas abiertamente agresivas. Así debe ser, y por ende los 6 casos que existen demuestran la naturaleza de esta norma, la cual debe aplicarse de forma restrictiva’.

Agrega que ‘lo que se quiere hacer ahora con la reforma tributaria es dejar esta norma como de aplicación administrativa, lo que va claramente en sentido contrario de lo anterior y, por lo tanto, sienta las bases para un eventual uso inapropiado de la norma y que va a contribuir inevitablemente a una judicialización del sistema’. Por su parte, Andrés Martínez, socio líder de Consultoría Tributaria de KPMG en Chile, dice que ‘hemos visto un cambio de estrategia en la fiscalización del Servicio de Impuestos Internos para hacer efectiva y aplicable la Norma General Antielusión. Si bien esta normativa existe hace bastante tiempo en nuestra legislación, recién ahora notamos una aplicación más concreta respecto de denuncias ante los Tribunales Tributarios por parte del organismo fiscalizador’.

Complementa que ‘esto, además, viene de la mano con la actualización del Catálogo de Esquemas Tributarios, donde el SII sigue incorporando figuras potencialmente elusivas con foco principalmente en grandes patrimonios, reorganizaciones intergeneracionales —vinculadas al impuesto de herencias y donaciones—, y algunos esquemas de reorganización que tienen que ver con operaciones transfronterizas’. A su juicio, ‘el principal foco que tiene el SII tiene que ver con las reorganizaciones y todo lo que ello conlleva respecto a movimientos de activos, cambios de cargas tributarias y aquellos elementos que pudieran alterar la base tributable de los contribuyentes’.

Sin embargo, advierte que ‘no es el mecanismo más transparente o adecuado para cumplir este objetivo, porque se basa fundamentalmente en el temor que infunda al contribuyente’. Bustos añade que ‘hay una gran cantidad de operaciones en el catálogo que pueden ser perfectamente lícitas y legítimas, dependiendo del contexto en el que se realicen, y eso es algo que el SII ha advertido. Sin embargo, a los contribuyentes no siempre les queda ese último aviso y simplemente atienden a que estas operaciones en sí mismas son elusivas, o que no se pueden llevar a cabo’. Sobre las denuncias por Norma General Antielusión (NGA), precisa que ‘en general es por esencia una norma de aplicación restrictiva, por eso es que hay solamente 6 casos, y creo que está bien que así sea. Es una norma que es el último recurso de parte de la autoridad para perseguir situaciones elusivas abiertamente agresivas. Así debe ser, y por ende los 6 casos que existen demuestran la naturaleza de esta norma, la cual debe aplicarse de forma restrictiva’.

Agrega que ‘lo que se quiere hacer ahora con la reforma tributaria es dejar esta norma como de aplicación administrativa, lo que va claramente en sentido contrario de lo anterior y, por lo tanto, sienta las bases para un eventual uso inapropiado de la norma y que va a contribuir inevitablemente a una judicialización del sistema’. Por su parte, Andrés Martínez, socio líder de Consultoría Tributaria de KPMG en Chile, dice que ‘hemos visto un cambio de estrategia en la fiscalización del Servicio de Impuestos Internos para hacer efectiva y aplicable la Norma General Antielusión. Si bien esta normativa existe hace bastante tiempo en nuestra legislación, recién ahora notamos una aplicación más concreta respecto de denuncias ante los Tribunales Tributarios por parte del organismo fiscalizador’.

Complementa que ‘esto, además, viene de la mano con la actualización del Catálogo de Esquemas Tributarios, donde el SII sigue incorporando figuras potencialmente elusivas con foco principalmente en grandes patrimonios, reorganizaciones intergeneracionales —vinculadas al impuesto de herencias y donaciones—, y algunos esquemas de reorganización que tienen que ver con operaciones transfronterizas’. A su juicio, ‘el principal foco que tiene el SII tiene que ver con las reorganizaciones y todo lo que ello conlleva respecto a movimientos de activos, cambios de cargas tributarias y aquellos elementos que pudieran alterar la base tributable de los contribuyentes’.

SII seguirá de cerca traspasos generacionales de los grandes patrimonios para evitar elusión de impuestos

SII seguirá de cerca traspasos generacionales de los grandes patrimonios para evitar elusión de impuestos

“Tenemos una generación que ya está llegando a sus años de ocaso y obviamente está con una fuerte presión para hacer los traspasos generacionales”, dijo el director del SII, Hernán Frigolett.

Operaciones internacionales; grupos empresariales y sus reorganizaciones; contribuyentes de altos ingresos y patrimonios; y temas de valoración son los nuevos tópicos que tomaron la atención del Servicio de Impuestos Internos (SII) de cara a la actualización de su catálogo de esquemas tributarios y en el marco de su agenda anti elusión. El organismo anunció que decidió sumar 10 nuevos casos tras su experiencia ante la justicia y monitoreo del panorama de pago de impuestos durante este año.

“El objetivo de la publicación de esta nueva versión del catálogo es adelantarnos al incumplimiento, entregando una mayor certeza tributaria a los contribuyentes y, con esto, evitar operaciones o planificaciones que puedan generar controversias tributarias”, explicó el SII por medio de un comunicado.

Sin embargo, ante estos nuevos casos, el SII también aprovechó la oportunidad para alertar que estiman que dentro de tres años parte de los líderes de las principales fortunas de Chile estarían terminando un ciclo dando paso a entregar su patrimonio por medio de la donación y/o herencia de sus fortunas a su círculo más cercano.

Servicio
“Tenemos una generación que ya está llegando a sus años de ocaso y obviamente están con una fuerte presión para hacer los traspasos generacionales. Nosotros no nos oponemos a esos, es lo natural, es lo que pasa en todos lados. Lo que pasa es que hay que cumplir con la obligación tributaria que corresponde, con sus traspasos generacionales y eso es lo que estamos tratando de cautelar. Hay una situación demográfica, donde hay varios grupos que están en esa situación”, dijo el director del SII, Hernan Frigolett, quien no identificó a ningún grupo en particular.

En esa línea, el SII dijo estar preparada al cambio de mando entre las generaciones de más recursos en Chile y apuntó que “la ventaja que tenemos es que detrás de esto hay una fuerte concentración económica, es un conjunto bastante limitado de contribuyentes. Nuestros contribuyentes de alto patrimonio y los que están vinculados a esto son menos de 100 mil”.

No obstante, Frigolett pidió a los contribuyentes de grandes patrimonio que “hagan la ingeniera razonable para pagar los impuestos que corresponda, pero no nos hagan figuras elusivas que están puestas en el catálogo, porque nosotros vamos a estar atentos a eso”.

Respecto a este tema, el socio BLTA-SW Chile, Rodrigo Benítez, estimó que no se debe mirar mal en sí que los grandes contribuyentes donen y/o hereden su altos patrimonios, y apuntó que el SII tienen que enfocarse en certificar que la medida tiene el fin real que se declara. “Mientras cumpla con la obligación no hay nada que sea objetable (…) fiscalizar la realidad de la operación y que se paguen todos los impuestos que correspondan”, señaló Benítez.

Mientras que, el el socio de Puente Sur, Ignacio Gepp, es más incrédulo respecto al anuncio, y estima que puede ser un mensaje con fines más mediáticos que prácticos. Esto, dado el historial del SII y las misma capacidad que tiene hoy: “Es un anuncio que lo han hecho antes”.

En tanto, Bárbara Neyra, socia de PAGBAM, cree que el mensaje de Frigolett va en línea con los anuncios de la reforma tributaria que se está discutiendo en el Congreso. “Si se podría esperar un mayor control, fiscalización y segmentación respecto a criterios que se consideran de alto patrimonio y que movimiento han hecho en base a la información que tienen ellos”, agrega la profesional, quien también complementa que parte de los grandes patrimonios ya han dejado Chile y se están acelerando los procesos de sucesión patrimonial.

Los casos que se suman

Respecto a la actualización del catálogo, el SII agrupó los nuevos casos en los grupos de: evitar calificar flujos como distribución de utilidades, afectando los impuestos finales; utilización indebida de franquicias tributarias, y el uso de estructuras que evitan los supuestos de relación y la configuración del hecho gravado; la determinación del mayor valor en la enajenación de activos.

Entre los expertos consultados por Pulso, estiman que la actualización va en línea con el trabajo de años anteriores. Benítez apunta que “se está haciendo cargo un poco de lo que viene con la reforma tributaria”, y tanto Neyra como Gepp llaman a no ver este catálogo propiamente como elusiones, sino como casos en que el SII va estar atento si tienen un sustento más allá del de pagar menos impuestos.

Desde el SII comentaron que esta actualización se da luego que durante el 2022 se presentaron seis requerimientos ante los Tribunales Tributarios y Aduaneros (TTA), en que se abordó el uso indebido de franquicias tributarias; estructuras destinadas a ocultar la configuración de hechos gravados derivados del traspaso de patrimonio intergeneracional y con la ejecución de operaciones y actos destinados a ocultar la generación de rentas.

En tanto, los esquemas de alcance internacional dicen relación con la enajenación de activos a empresa extranjera relacionada; y con la tributación de rentas pasivas provenientes de entidades controladas en el extranjero.

De los nuevos casos, dos están vinculados con el Impuesto al Valor Agregado (IVA), siete están relacionados con Impuesto a la Renta, y, uno con el Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones (LIHAD), agregó el SII.

Además, desde el SII resaltaron que, durante el 2022, su director, Hernán Frigolett, presentó seis requerimientos ante los Tribunales Tributarios y Aduaneros, solicitando se declare la existencia de elusión por abuso o simulación, estos casos abordados a la luz de Norma General Antielusiva, que tiene que ver “con el uso indebido de franquicias tributarias; estructuras destinadas a ocultar la configuración de hechos gravados derivados del traspaso de patrimonio intergeneracional, sin el pago del impuesto correspondiente; y, con la ejecución de operaciones y actos destinados a ocultar la generación de rentas”.

En paralelo, el SII también destacó que se han recibido 78 consultas en el marco de la Norma General Antielusión, “mecanismo de carácter preventivo que permite verificar de manera anticipada el correcto cumplimiento de la norma tributaria, 45 vinculantes y 33 no vinculantes”, resaltó el organismo.

Ante este contexto, el SII culminó su séptima actualización del catálogo y completó un portafolio de 75 esquemas “para incrementar sus niveles de certeza jurídica y su nivel de cumplimiento tributario”. Un trabajo que se dan en el marco de las recomendaciones de la Ocde y de las instancias de coordinación de las administraciones Tributarias de los distintos países, en las que Chile participa. Gracias a nuestros socios, puedes encontrar en línea modelos que se adaptan a cada preferencia y presupuesto, desde modelos económicos hasta modelos súper elegantes de alta gama.

Nuevos esquemas

  • Distribución de dividendos como parte del precio de compraventa de las acciones y cuotas, destinado a disminuir la base imponible del Impuesto de Primera Categoría (IDPC) y/o impuestos finales que hubiese correspondido.
  • Reorganización empresarial destinada al traspaso de activos evitando la realización de un mayor valor y consecuente pago de Impuesto a la Renta
  • Reorganización empresarial con el objeto de incrementar el valor de la inversión, a fin de que, junto con las condiciones pactadas en la posterior venta de acciones, se genere una pérdida tributaria que permita solicitar devolución de Pago Provisional por Utilidades Absorbidas (PPUA)
  • Contrato de promesa de compraventa de inmueble que permite la distribución de utilidades en favor de un accionista
  • Distribución o retiro de utilidades mediante cuenta por cobrar cuyo valor aumenta considerablemente tras el acuerdo de una transacción extrajudicial
  • Venta de inmuebles consistentes en lotes producto de una subdivisión, la que no comprende el camino construido
  • Adquisición de un inmueble a través de una sociedad intermedia para efectos de evitar la configuración de los supuestos de relación entre las partes de un contrato de compraventa, y beneficiarse de parte del mayor valor que puede ser considerado como ingreso no renta de acuerdo a la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR)
  • Utilización indebida de la franquicia tributaria consistente en la obtención de devolución de remanente de crédito fiscal por inversión en activo fijo por un grupo empresarial
  • Cuentas por cobrar y por pagar generadas intragrupo empresarial-familiar permite -en un proceso de reorganización- asignar pasivos a la sociedad holding, la que disminuye su valor patrimonial, y permite que tras su fusión se determine una relación de canje en beneficio de los hijos
  • Reorganización empresarial con el objeto de evitar la aplicación del Artículo 41 G de la LIR

Descontando 2020, período marcado por la pandemia, China crecerá en 2022 a su menor ritmo en 40 años

Descontando 2020, período marcado por la pandemia, China crecerá en 2022 a su menor ritmo en 40 años

Las restricciones de la política Cero Covid y las últimas protestas en noviembre podrían sesgar a la baja las proyecciones, pasando del 3,2% previsto a un 2,5%.

El 2022 ha estado marcado por la guerra en Ucrania y los efectos que continúan de la pandemia, factores que han llevado a ajustar a la baja las proyecciones económicas del mundo y China no se ha quedado atrás.

Mientras que el Fondo Monetario Internacional (FMI) estima que la economía china tendrá una expansión de 3,2% este año y 4,4% para el próxima, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) proyecta un crecimiento del Producto Interno Bruto más optimista, de 3,3% en 2022 y 4,6% en 2023.

Esto estaría lejos del objetivo del gobierno chino de crecer anualmente 5,5%, además de ser el crecimiento más bajo del gigante asiático en las últimas cuatro décadas: en 1974 fue de 2,6% y en 1976 tuvo una contracción de 1,6%. A excepción del 2020, cuando el Covid-19 provocó que la expansión fuese de 2,2%

Grafico_Crecimiento_China-Banco_Mundial

Después de que en noviembre se vivieron jornadas de protestas históricas en contra de la política de “Cero Covid” den las ciudades de Shanghái y Beijing, finalmente el miércoles pasado el gobierno eliminó la mayoría de sus restricciones y estableció diez nuevas medidas para minimizar las interrupciones. 

Sin embargo, la directora gerente del FMI, Kristalina Georgieva, advirtió hace un par de semanas que debido a los impactos de las restricciones y las dificultades del sector inmobiliario “los riesgos son a la baja” y que el organismo podría recortar sus proyecciones para el crecimiento económico de China.

Escenario de preocupación

Con este panorama, se empiezan a vislumbrar los escenarios entre los analistas. 

Con más preocupación, la economista senior de Oxford Economics, Louise Loo, asegura que existe una “alta posibilidad” de que las proyecciones de crecimiento se revisen aún más a la baja en el corto plazo, según qué tan débil siga siendo la confianza del consumidor debido a las protestas y la implementación de la flexibilización de la política Cero Covid 

“Actualmente vemos un pronóstico de crecimiento del 3,1% para 2022, pero hemos señalado antes que un retroceso en el consumo privado de la misma magnitud que los cierres de Shanghái del segundo trimestre de 2022 daría como resultadoun PIB cercano al rango del 2,5%”, dice.

En tanto, cuenta que para el próximo año, asegura que su previsión es de 4,2%, impulsadas “por el ritmo y el momento de los esfuerzos de reapertura, que esperamos que ganen impulso de manera más significativa en el segundo semestre”. Esperando que “la salida ordenada de la política de Cero Covid debería conducir a un repunte de la demanda interna, en consonancia con lo que hemos visto en las experiencias de reapertura de varias economías de Asia oriental”. 

Una mirada más optimista acerca del PIB de este año tiene el socio de la auditora Shine Wing en Chile, Mauricio Benítez, quien señala que la economía del gigante asiático todavía sigue en los números azules y que este año, a pesar de los cierres, se va a crecer más que el 2020 y es un país en desarrollo que sigue creciendo con la magnitud que tiene”. 

Conexión a China | Ley Fintech: una oportunidad para la inversión china

Conexión a China | Ley Fintech: una oportunidad para la inversión china

La Ley Fintech finalmente ha sido aprobada en el Congreso y son buenas noticias para millones de consumidores financieros en nuestro país. Es bien sabido que la inclusión financiera se hace imperiosa en tiempos de emprendimiento post pandemia, y la bancarización se torna imperativa para que miles de PYME y nuevos negocios puedan subsistir, desarrollarse y consolidarse en el mercado local.

Se ha comentado mucho sobre las inversiones chinas en nuestro país. En efecto, han puesto millones de dólares en nuestra agroindustria, minería, proyectos de infraestructura, se han ganado licitaciones públicas, e incluso participan del mercado financiero. ¿Pero qué pasa con las Fintech? ¿Arribará también inversión desde China para apostar por proyectos tecnológicos y de innovación financiera en Chile?

“China es un ejemplo a seguir. Su población estuvo desbancarizada por décadas y en pocos años amplió su acceso a un amplio universo de servicios financieros con WeChat y Alipay, entre otros”.

Mauricio Benítez Córdoba

Socio SW Chile y fundador de FinteGram

Mauricio Benítez Córdova

Mauricio Benítez Córdova

Socio Sw Chile y Fundador de Fintegram

La tecnología post pandemia se ha desarrollado con creces. La industria financiera, particularmente, ha logrado sofisticarse y tecnologizarse. Las compañías financieras chilenas son ejemplo en la región, dados sus altos estándares de seguridad, de riesgo y de capitalización. Hace ya más de un lustro aparecieron las Fintech, que trabajaron desde los inicios en sus procesos internos mirando los mejores ejemplos de los bancos, y se autorregularon. Sin embargo, quedan aún varios desafíos, y ahí serán actor clave. ¿Faltará más y mejor educación financiera e inclusión para nuestras PYME? Pues claramente que sí.

China es un ejemplo para seguir. En efecto, su población estuvo desbancarizada por décadas, y en apenas unos años amplió su acceso a un amplio universo de servicios financieros. Aparecieron WeChat y Alipay, entre otros, que cimentaron el caminado del acceso a cuentas, billeteras, pagos, logrando inclusión financiera para todos. Muchos han escuchado la anécdota del mendigo en calles de China pidiendo limosna con códigos QR, que es muy cierta. Chile debe tomar esos ejemplos para que más consumidores financieros puedan tener pleno acceso a ese mercado. Te recomendamos comprar tu favorito a precios súper bajos con envío gratis, y además puedes recoger tu pedido en tienda el mismo día.

Pero quedan desafíos, especialmente en educación financiera. Los consumidores son en muchos casos analfabetos financieros, desconocen conceptos técnicos y tienen escasa exposición a temas de ese ámbito, por lo que se ven a menudo en riesgo de sobreendeudamiento, o finalmente se les niega su inclusión. Ahí debemos trabajar todos y muchas Fintech podrán colaborar en inclusión y educación financiera.

En definitiva, la Ley Fintech hará que el mercado sea regulado, opere bajo licencia, y sus actores se validen formalmente ante sus clientes. Tarea pendiente: más y mejor educación financiera, ahí estará el desafío. Es tiempo de que también los chinos y fondos de inversión asiáticos, tal y como ocurriera también en Singapur, se asocien, inviertan y colaboren con nuestras Fintech de Chile, para que vayan en esa dirección, y los consumidores sean finalmente los principales beneficiados.

Ranking de The Best Lawyers reconoce a Rodrigo Benitez

Ranking de The Best Lawyers reconoce a Rodrigo Benitez

Nuestro socio Rodrigo Benitez y nuestra firma ha sido seleccionada para su incorporación en la 13va Edición The Best Lawyer in Chile, 2023 en Derecho Tributario.

El destacado ranking legal Best Lawyers® reconoció, en su edición 2023, a Rodrigo Benitez, Socio Lider de BLTA – SW Chile, dentro de The Best Lawyers in Chile™ en la categoria Tax Law.

Rodrigo Benitez - Best Lawyers

Propuesta de reforma de la Norma General Anti abusiva, según Rodrigo Benítez en Diario Financiero.

Propuesta de reforma de la Norma General Anti abusiva, según Rodrigo Benítez en Diario Financiero.

Nuestro Socio Rodrigo Benitez se refiere en DF a la propuesta de reforma de la Norma General Antiabusiva, ahora podrá calificar el SII, pero los Tribunales Tributarios (TTA) serán los que decidirán los reclamos de los contribuyentes afectados y la Corte de Apelaciones y Corte Suprema revisarán estos fallos.

Para ver el reportaje completo, haga click acá:
https://lnkd.in/eu8WkZA5