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Nuestro socio Rodrigo Benitez comentó que el acceso del SII a la información bancaria debe tener fundamentos legales que lo justifiquen como elusión o evasión.

Además, la información obtenida debe quedar restringida sólo para aquellos funcionarios involucrados en la fiscalización, como ya fue manejado en la primera repatriación de capitales del exterior durante el año 2015.

“Lo que puede faltar es mayor rigurosidad para sancionar a aquellos funcionarios que ingresan a información sensible, sin ser parte de una fiscalización”.

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