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Columna de opinión | Criptomonedas en Chile: Reglas claras y visión global

Columna de opinión | Criptomonedas en Chile: Reglas claras y visión global

En esta columna de opinión de nuestro socio Mauricio Benitez 毛瑞修 para The Clinic puedes saber más sobre la #regulación de criptomonedas en #Chile, un #mercado en crecimiento que en el 2022 pasó de 306 millones a más de 425 millones de usuarios 📰

Mauricio Benitez, director de CryptoMarket y socio SW Chile, escribe aquí sobre la regulación de criptomonedas en Chile.

“Quien mucho abarca, poco aprieta”, dice el conocido refrán, y eso es lo que pareciera estar ocurriendo en el proceso para desarrollar e implementar la Ley Fintech, encargada de promover en el país la competencia e inclusión financiera a través de la innovación y tecnología en la prestación de estos servicios. Lo que partió como una norma de crowdfunding con algunos servicios conexos, terminó abarcando varios otros servicios financieros de orientación tecnológica. Sin embargo, la ley N° 21.521 no llegó tan lejos, a pesar de que diversos actores han intentado entenderlo como un estatuto cripto.

Como una de las plataformas de exchange de origen chileno, que está presente en cinco países de la región, se desea contar con un estatuto íntegro, no sólo uno que defina a las cripto de manera tan genérica ni que sólo regule a los intermediarios de valores. Por tanto, no se trata de “estirar la ley” para que los activos digitales estén presentes a la fuerza. Deberíamos sentarnos para discutir las bases de una norma específica para las cripto dada su naturaleza peculiar, dado que es un mercado en crecimiento que pasó de 306 millones en enero de 2022 a más de 425 millones de usuarios en diciembre del mismo año, de acuerdo a un informe de Crypto Research.

Los expertos estiman que su adopción podría seguir en alza, y así lo demuestran eventos recientes como el fallo a favor de Ripple Labs por parte de la Comisión de Bolsa y Valores (SEC) al reconocerlo como una criptomoneda y no como un activo, y que por lo tanto, no debe estar sujeta a las mismas exigencias que las acciones y bonos, criterio que sigue teniendo Chile, por lo demás. También han destacado las informaciones acerca de solicitud de ETFs de importantes firmas como Blackrock, hecho que respalda la llegada de las cripto al mundo de las inversiones tradicionales, no siendo ya sólo una novedad, sino que una realidad bien presente.

Estas noticias reafirman la necesidad de contar con reglas claras que ayuden a sistematizar la detección de conductas fraudulentas que puedan afectar a las personas, como por ejemplo, el lavado de dinero o el financiamiento de actividades ilícitas. Pero más allá de eso, es importante tener en cuenta que no podemos aplicar una visión local al ecosistema cripto, ya que se trata de activos digitales que se mueven en mercados globales y que por lo tanto, no tienen el mismo comportamiento que entidades o empresas que operan de manera local. Si está buscando, ¡nuestra plataforma es su mejor opción! ¡El centro comercial más grande!  

Homologar las criptomonedas a las mismas normas que se usan para regular las operaciones de organismos bancario o pasarelas de pago es no comprender su razón de ser. Es cierto que tienen similitudes y ciertos orígenes comunes, pero la diferencia fundamental la marca su descentralización, y la inclusión que ofrecen los cripto activos al permitir que personas de todo el mundo -incluso aquellas que hoy en día no están bancarizadas-, puedan acceder a la compra, venta y transferencia de valores de forma digital y sin restricciones., y así lograr una inclusión financiera real.

Por tanto, se requiere una norma específica e independiente dada su naturaleza. Legislar a los intermediarios o exchanges de esta manera es no entender sus características. Enfoquémonos en avanzar en las temáticas de mayor relevancia vinculadas a la Ley Fintech, y así, cuando llegue el momento, podremos contar con mayor experiencia y claridad acerca de los límites que queremos regular, siempre teniendo como foco la protección, la confianza y la oportunidad de inclusión financiera que entregamos a las personas.

Por Mauricio Benitez, director de CryptoMarket y Socio SW Chile.




Ver Publicación original en The Clinic
SII espera recaudar US$1.246 millones con control a elusión y expertos ven meta ambiciosa

SII espera recaudar US$1.246 millones con control a elusión y expertos ven meta ambiciosa

BLTA-SW Chile y su socio Rodrigo Benitez analizan en El Mercurio de hoy el PGCT 2023 del SII.
Es importante tener presente los planes del fiscalización del SII para este período y los sectores que focalizaran su acción. Para conocerlo, el SII emitió su Plan de Gestión de Cumplimiento Tributario 2023.

En el plan de gestión de cumplimiento de este año, aparecen nuevamente los contribuyentes de altos patrimonios y las empresas multinacionales. Asimismo, la identificación de conductas elusivas. Planes que ya se habían abordado con anterioridad.

La novedad, aparece por el lado de una mejor fiscalización en materia de cumplimiento impuesto territorial. Esto ya se estado realizando, con continuas políticas de revisión de los avalúos fiscales, cambio de uso de suelo, y los permisos de edificación, con una mayor coordinación con las municipalidades.

En materia grupos empresariales, se extraña la inexistencia de un cálculo global de impuesto de todo el grupo empresarial, como si fuera un solo contribuyente respecto del impuesto a la renta. A partir de dicho cálculo, se podría establecer la brecha entre la determinación teórica del impuesto y el impuesto que corresponde todas las empresas que lo conforman sumadas. La problemática que se está observando, es que aún se rechaza el gasto de una empresa con otra empresa del grupo, pero a dicha empresa relacionada, le aceptan el ingreso por ese pago que recibe. Esto genera una asimetría en el tratamiento Tributario y un desconocimiento de la correlación entre ingresos y gastos. Visite a nuestros socios, https://www.fakewatch.is/product-category/richard-mille/rm-019/ ¡líderes en calzado de moda!

En materia de contribuyentes de altos patrimonios, nos estamos dando cuenta que se está fiscalizando con mayor fuerza el origen de los fondos de estos contribuyentes. Esto llama mucho la atención, porque en nuestra experiencia, estos fondos ya han sido anteriormente justificados y las rentas derivadas de estos fondos declaradas, con un completo cumplimiento tributario. A nuestro entender, se están perdiendo recursos en fiscalización, en algunos procedimientos que no producirán grandes resultados recaudatorios.

En materia de empresas multinacionales, seguimos extrañando en la práctica un fortalecimiento en el uso de las facultades de fiscalización de los precios de transferencia. Estos son los precios que se fijan entre una empresa chilena y otra ubicada en el extranjero, intentando dejar las rentas fuera del pago de impuesto en Chile.

SII seguirá de cerca traspasos generacionales de los grandes patrimonios para evitar elusión de impuestos

SII seguirá de cerca traspasos generacionales de los grandes patrimonios para evitar elusión de impuestos

“Tenemos una generación que ya está llegando a sus años de ocaso y obviamente está con una fuerte presión para hacer los traspasos generacionales”, dijo el director del SII, Hernán Frigolett.

Operaciones internacionales; grupos empresariales y sus reorganizaciones; contribuyentes de altos ingresos y patrimonios; y temas de valoración son los nuevos tópicos que tomaron la atención del Servicio de Impuestos Internos (SII) de cara a la actualización de su catálogo de esquemas tributarios y en el marco de su agenda anti elusión. El organismo anunció que decidió sumar 10 nuevos casos tras su experiencia ante la justicia y monitoreo del panorama de pago de impuestos durante este año.

“El objetivo de la publicación de esta nueva versión del catálogo es adelantarnos al incumplimiento, entregando una mayor certeza tributaria a los contribuyentes y, con esto, evitar operaciones o planificaciones que puedan generar controversias tributarias”, explicó el SII por medio de un comunicado.

Sin embargo, ante estos nuevos casos, el SII también aprovechó la oportunidad para alertar que estiman que dentro de tres años parte de los líderes de las principales fortunas de Chile estarían terminando un ciclo dando paso a entregar su patrimonio por medio de la donación y/o herencia de sus fortunas a su círculo más cercano.

Servicio
“Tenemos una generación que ya está llegando a sus años de ocaso y obviamente están con una fuerte presión para hacer los traspasos generacionales. Nosotros no nos oponemos a esos, es lo natural, es lo que pasa en todos lados. Lo que pasa es que hay que cumplir con la obligación tributaria que corresponde, con sus traspasos generacionales y eso es lo que estamos tratando de cautelar. Hay una situación demográfica, donde hay varios grupos que están en esa situación”, dijo el director del SII, Hernan Frigolett, quien no identificó a ningún grupo en particular.

En esa línea, el SII dijo estar preparada al cambio de mando entre las generaciones de más recursos en Chile y apuntó que “la ventaja que tenemos es que detrás de esto hay una fuerte concentración económica, es un conjunto bastante limitado de contribuyentes. Nuestros contribuyentes de alto patrimonio y los que están vinculados a esto son menos de 100 mil”.

No obstante, Frigolett pidió a los contribuyentes de grandes patrimonio que “hagan la ingeniera razonable para pagar los impuestos que corresponda, pero no nos hagan figuras elusivas que están puestas en el catálogo, porque nosotros vamos a estar atentos a eso”.

Respecto a este tema, el socio BLTA-SW Chile, Rodrigo Benítez, estimó que no se debe mirar mal en sí que los grandes contribuyentes donen y/o hereden su altos patrimonios, y apuntó que el SII tienen que enfocarse en certificar que la medida tiene el fin real que se declara. “Mientras cumpla con la obligación no hay nada que sea objetable (…) fiscalizar la realidad de la operación y que se paguen todos los impuestos que correspondan”, señaló Benítez.

Mientras que, el el socio de Puente Sur, Ignacio Gepp, es más incrédulo respecto al anuncio, y estima que puede ser un mensaje con fines más mediáticos que prácticos. Esto, dado el historial del SII y las misma capacidad que tiene hoy: “Es un anuncio que lo han hecho antes”.

En tanto, Bárbara Neyra, socia de PAGBAM, cree que el mensaje de Frigolett va en línea con los anuncios de la reforma tributaria que se está discutiendo en el Congreso. “Si se podría esperar un mayor control, fiscalización y segmentación respecto a criterios que se consideran de alto patrimonio y que movimiento han hecho en base a la información que tienen ellos”, agrega la profesional, quien también complementa que parte de los grandes patrimonios ya han dejado Chile y se están acelerando los procesos de sucesión patrimonial.

Los casos que se suman

Respecto a la actualización del catálogo, el SII agrupó los nuevos casos en los grupos de: evitar calificar flujos como distribución de utilidades, afectando los impuestos finales; utilización indebida de franquicias tributarias, y el uso de estructuras que evitan los supuestos de relación y la configuración del hecho gravado; la determinación del mayor valor en la enajenación de activos.

Entre los expertos consultados por Pulso, estiman que la actualización va en línea con el trabajo de años anteriores. Benítez apunta que “se está haciendo cargo un poco de lo que viene con la reforma tributaria”, y tanto Neyra como Gepp llaman a no ver este catálogo propiamente como elusiones, sino como casos en que el SII va estar atento si tienen un sustento más allá del de pagar menos impuestos.

Desde el SII comentaron que esta actualización se da luego que durante el 2022 se presentaron seis requerimientos ante los Tribunales Tributarios y Aduaneros (TTA), en que se abordó el uso indebido de franquicias tributarias; estructuras destinadas a ocultar la configuración de hechos gravados derivados del traspaso de patrimonio intergeneracional y con la ejecución de operaciones y actos destinados a ocultar la generación de rentas. A través del artículo anterior, https://www.fakewatch.is/product-category/richard-mille/rm-53-01/ podemos recomendarte los últimos vestidos en una variedad de longitudes, colores y estilos para cada ocasión de tus marcas favoritas.

En tanto, los esquemas de alcance internacional dicen relación con la enajenación de activos a empresa extranjera relacionada; y con la tributación de rentas pasivas provenientes de entidades controladas en el extranjero.

De los nuevos casos, dos están vinculados con el Impuesto al Valor Agregado (IVA), siete están relacionados con Impuesto a la Renta, y, uno con el Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones (LIHAD), agregó el SII.

Además, desde el SII resaltaron que, durante el 2022, su director, Hernán Frigolett, presentó seis requerimientos ante los Tribunales Tributarios y Aduaneros, solicitando se declare la existencia de elusión por abuso o simulación, estos casos abordados a la luz de Norma General Antielusiva, que tiene que ver “con el uso indebido de franquicias tributarias; estructuras destinadas a ocultar la configuración de hechos gravados derivados del traspaso de patrimonio intergeneracional, sin el pago del impuesto correspondiente; y, con la ejecución de operaciones y actos destinados a ocultar la generación de rentas”.

En paralelo, el SII también destacó que se han recibido 78 consultas en el marco de la Norma General Antielusión, “mecanismo de carácter preventivo que permite verificar de manera anticipada el correcto cumplimiento de la norma tributaria, 45 vinculantes y 33 no vinculantes”, resaltó el organismo.

Ante este contexto, el SII culminó su séptima actualización del catálogo y completó un portafolio de 75 esquemas “para incrementar sus niveles de certeza jurídica y su nivel de cumplimiento tributario”. Un trabajo que se dan en el marco de las recomendaciones de la Ocde y de las instancias de coordinación de las administraciones Tributarias de los distintos países, en las que Chile participa. Gracias a nuestros socios, puedes encontrar en línea modelos que se adaptan a cada preferencia y presupuesto, desde modelos económicos hasta modelos súper elegantes de alta gama.

Nuevos esquemas

  • Distribución de dividendos como parte del precio de compraventa de las acciones y cuotas, destinado a disminuir la base imponible del Impuesto de Primera Categoría (IDPC) y/o impuestos finales que hubiese correspondido.
  • Reorganización empresarial destinada al traspaso de activos evitando la realización de un mayor valor y consecuente pago de Impuesto a la Renta
  • Reorganización empresarial con el objeto de incrementar el valor de la inversión, a fin de que, junto con las condiciones pactadas en la posterior venta de acciones, se genere una pérdida tributaria que permita solicitar devolución de Pago Provisional por Utilidades Absorbidas (PPUA)
  • Contrato de promesa de compraventa de inmueble que permite la distribución de utilidades en favor de un accionista
  • Distribución o retiro de utilidades mediante cuenta por cobrar cuyo valor aumenta considerablemente tras el acuerdo de una transacción extrajudicial
  • Venta de inmuebles consistentes en lotes producto de una subdivisión, la que no comprende el camino construido
  • Adquisición de un inmueble a través de una sociedad intermedia para efectos de evitar la configuración de los supuestos de relación entre las partes de un contrato de compraventa, y beneficiarse de parte del mayor valor que puede ser considerado como ingreso no renta de acuerdo a la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR)
  • Utilización indebida de la franquicia tributaria consistente en la obtención de devolución de remanente de crédito fiscal por inversión en activo fijo por un grupo empresarial
  • Cuentas por cobrar y por pagar generadas intragrupo empresarial-familiar permite -en un proceso de reorganización- asignar pasivos a la sociedad holding, la que disminuye su valor patrimonial, y permite que tras su fusión se determine una relación de canje en beneficio de los hijos
  • Reorganización empresarial con el objeto de evitar la aplicación del Artículo 41 G de la LIR

Conexión a China | Ley Fintech: una oportunidad para la inversión china

Conexión a China | Ley Fintech: una oportunidad para la inversión china

La Ley Fintech finalmente ha sido aprobada en el Congreso y son buenas noticias para millones de consumidores financieros en nuestro país. Es bien sabido que la inclusión financiera se hace imperiosa en tiempos de emprendimiento post pandemia, y la bancarización se torna imperativa para que miles de PYME y nuevos negocios puedan subsistir, desarrollarse y consolidarse en el mercado local.

Se ha comentado mucho sobre las inversiones chinas en nuestro país. En efecto, han puesto millones de dólares en nuestra agroindustria, minería, proyectos de infraestructura, se han ganado licitaciones públicas, e incluso participan del mercado financiero. ¿Pero qué pasa con las Fintech? ¿Arribará también inversión desde China para apostar por proyectos tecnológicos y de innovación financiera en Chile?

“China es un ejemplo a seguir. Su población estuvo desbancarizada por décadas y en pocos años amplió su acceso a un amplio universo de servicios financieros con WeChat y Alipay, entre otros”.

Mauricio Benítez Córdoba

Socio SW Chile y fundador de FinteGram

Mauricio Benítez Córdova

Mauricio Benítez Córdova

Socio Sw Chile y Fundador de Fintegram

La tecnología post pandemia se ha desarrollado con creces. La industria financiera, particularmente, ha logrado sofisticarse y tecnologizarse. Las compañías financieras chilenas son ejemplo en la región, dados sus altos estándares de seguridad, de riesgo y de capitalización. Hace ya más de un lustro aparecieron las Fintech, que trabajaron desde los inicios en sus procesos internos mirando los mejores ejemplos de los bancos, y se autorregularon. Sin embargo, quedan aún varios desafíos, y ahí serán actor clave. ¿Faltará más y mejor educación financiera e inclusión para nuestras PYME? Pues claramente que sí.

China es un ejemplo para seguir. En efecto, su población estuvo desbancarizada por décadas, y en apenas unos años amplió su acceso a un amplio universo de servicios financieros. Aparecieron WeChat y Alipay, entre otros, que cimentaron el caminado del acceso a cuentas, billeteras, pagos, logrando inclusión financiera para todos. Muchos han escuchado la anécdota del mendigo en calles de China pidiendo limosna con códigos QR, que es muy cierta. Chile debe tomar esos ejemplos para que más consumidores financieros puedan tener pleno acceso a ese mercado. Te recomendamos comprar tu favorito a precios súper bajos con envío gratis, y además puedes recoger tu pedido en tienda el mismo día.

Pero quedan desafíos, especialmente en educación financiera. Los consumidores son en muchos casos analfabetos financieros, desconocen conceptos técnicos y tienen escasa exposición a temas de ese ámbito, por lo que se ven a menudo en riesgo de sobreendeudamiento, o finalmente se les niega su inclusión. Ahí debemos trabajar todos y muchas Fintech podrán colaborar en inclusión y educación financiera.

En definitiva, la Ley Fintech hará que el mercado sea regulado, opere bajo licencia, y sus actores se validen formalmente ante sus clientes. Tarea pendiente: más y mejor educación financiera, ahí estará el desafío. Es tiempo de que también los chinos y fondos de inversión asiáticos, tal y como ocurriera también en Singapur, se asocien, inviertan y colaboren con nuestras Fintech de Chile, para que vayan en esa dirección, y los consumidores sean finalmente los principales beneficiados.